A vuelta con la Torre Pelli: la polémica creada con la pretensión de exclusión de Patrimonio de la Humanidad de monumentos en Sevilla

Autores/as

  • Ángel Cabral González-Sicilia Agrupación de Técnicos Urbanistas de Andalucía (ATUA) (España)

DOI:

https://doi.org/10.24965/reala.vi315-316.10044

Palabras clave:

Torre Pelli, principio de seguridad jurídica, normas de aplicación directa, Declaración de Patrimonio de la Humanidad, límites de los informes para la UNESCO, evaluación del valor universal excepcional, paisaje urbano histórico

Resumen

España debe estar orgullosa de tener uno de los ordenamientos jurídicos con mayor tradición, a nivel internacional, en la defensa y protección de su vastísimo patrimonio cultural y de las expresiones histórico-artísticas en orden a que futuras generaciones puedan admirar y disfrutar de ese legado, llegando a acuñar conceptos que contribuyen de forma eficaz y efectiva a conservar y realzar los bienes auspiciados tales como el entorno, la armonía del paisaje, la perspectiva o el propio campo visual o perceptivo, al objeto de evitar e impedir la posible contaminación del mismo, y anteponiéndose a conceptos que hoy día aún se discuten en la doctrina. Por otra parte, todos estamos y debemos estar sometidos al imperio del ordenamiento jurídico aplicable y al principio de seguridad jurídica (tanto a nivel internacional como a nivel de unión europea, como a nivel nacional, autonómico y local). Y si ello fuese así, que es como debería de ser, desde la propia comunidad internacional no se podrían admitir y deberían ser repudiados los informes que se han ido sucediendo desde ICOMOS en orden a pretender hacer peligrar la declaración de patrimonio de la Humanidad de que gozan la Catedral de Sevilla, la Lonja o Archivo de Indias y los Reales Alcázares, al estimar, que nunca probar, que la construcción de la denominada Torre Pelli supone una “amenaza” aún cuando ésta no pueda verse, a nivel de viandante, desde los tres monumentos inscritos, siendo sus estados de conservación excepcionalmente buenos. Dado que los Estados partes han de acatar los postulados de la Convención Internacional sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural de 1972, del mismo modo y con mayor rigor aún si cabe, deberían acatarlo quienes se erigen como inspectores del estado de conservación de ese patrimonio, cosa que por ICOMOS no se sigue, y desde estas páginas denunciamos a los efectos de que sean corregidos.

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Biografía del autor/a

Ángel Cabral González-Sicilia, Agrupación de Técnicos Urbanistas de Andalucía (ATUA) (España)

Licenciado en Derecho (Universidad de Sevilla). Diplomado en la Escuela Forense (curso 1986/1987). Técnico de Administración General (TAG) en excedencia. Cofundador y Socio del Despacho “Bufete Génova”. Autor y Codirector del libro “Comentarios a la Ley de Ordenación Urbanística Andaluza”, de la Editorial Aranzadi (ya en su segunda edición). Autor y Codirector de un libro de Editorial Civitas “Estudio Sistemático de la Ley de Suelo estatal” que salió en el primer trimestre del año 2008. Autor de muchos artículos de Urbanismo, Ordenación territorial, Legislación medioambiental y sectorial, en diversas revistas especializadas. Conferenciante habitual de Master’s (como el de la Universidad de Sevilla), Jornadas y Cursos sobre Urbanismo y Ordenación del Territorio. Ha sido conferenciante habitual en las Jornadas sobre el POTA difundidas por las provincias andaluzas. Del mismo modo ha sido Conferenciante en el reciente Congreso Ibérico de Urbanismo celebrado en Azores (Ponto Delgada, Portugal, 11 al 13 de octubre de 2007). Miembro de Comisiones científicas y de dirección de Congresos Iberoamericanos (como el del XII Congreso Iberoamericano de Urbanismo, “Ecología y Ciudad. Buscando modelos urbanos más sostenibles”, Salamanca, España). Presidente de la Agrupación de Técnicos Urbanistas de Andalucía (ATUA), de ámbito autonómico, desde el día 20 de diciembre de 2006, integrada en la Asociación Española de Técnicos Urbanistas (AETU). Ha sido Secretario General de la Asociación Española de Técnicos Urbanistas (AETU), de ámbito estatal, según acuerdo adoptado por la Asamblea General celebrada el día 21 de enero de 2005 en Zaragoza, hasta el día 20 de diciembre de 2006 (en que cesó voluntariamente en el cargo). Ha sido Secretario de la Agrupación de Técnicos Urbanistas de Andalucía (ATUA), de ámbito autonómico, desde su creación (el 30 de enero de 2003) hasta el día 27 de abril de 2005 (en que cesó voluntariamente en el cargo), integrada en la Asociación Española de Técnicos Urbanistaas (AETU).

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Publicado

31-08-2011

Cómo citar

Cabral González-Sicilia, Ángel. (2011). A vuelta con la Torre Pelli: la polémica creada con la pretensión de exclusión de Patrimonio de la Humanidad de monumentos en Sevilla. Revista De Estudios De La Administración Local Y Autonómica, (315-316), 269–314. https://doi.org/10.24965/reala.vi315-316.10044