Análisis sobre la implantación del singular modelo de Cartas de Servicios en Cataluña

Autores/as

  • María del Mar Caraza Cristín Universidad de Sevilla (España)

DOI:

https://doi.org/10.24965/reala.v0i9.10443

Palabras clave:

Cartas de Servicios, compromisos de calidad, estándar, buena administración, responsabilidad

Resumen

En Cataluña, las Cartas de Servicios cuentan con una regulación singular, hasta el momento única. La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno de esta Comunidad las ha dotado de carácter reglamentario y efectos jurídicos vinculantes. Han pasado de ser soft law a hard law. Y este hecho tiene también importantes consecuencias en el campo de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Dos años después de la entrada en vigor de la citada Ley, es el momento de analizar cuál ha sido la implantación real de esta novedosa regulación y sacar conclusiones.

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Biografía del autor/a

María del Mar Caraza Cristín, Universidad de Sevilla (España)

Titulada Superior de la Junta de Andalucía y profesora asociada doctora del Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla. Es autora de diversos artículos sobre: el acto administrativo; los procedimientos de revisión de oficio; la responsabilidad patrimonial administrativa; las fundaciones; y la vivienda protegida en Andalucía (relativos a los derechos de tanteo y retracto, el régimen de la descalificación, los planes municipales de vivienda y suelo, los registros públicos municipales de demandantes de vivienda protegida y a su función social). Asimismo, tiene publicadas las siguientes monografías: La Cámara de Cuentas de Andalucía y el Procedimiento Administrativo Común, Civitas (2002), y La responsabilidad patrimonial de la Administración y su relación con los estándares de calidad de los servicios públicos, INAP (2016).

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Publicado

16-04-2018

Cómo citar

Caraza Cristín, M. del M. (2018). Análisis sobre la implantación del singular modelo de Cartas de Servicios en Cataluña. Revista De Estudios De La Administración Local Y Autonómica, (9), 41–59. https://doi.org/10.24965/reala.v0i9.10443