Código ético
El presente Código Ético se encuentra aprobado por la Comisión de Publicaciones del Instituto Nacional de Administración Pública en enero de 2023 y revisado en julio de 2024 y está publicado en la página web de las revistas (https://revistasonline.inap.es/index.php/index/codigo_etico).
ÉTICA DE PUBLICACIÓN
Todas las partes involucradas en la publicación de artículos de revistas académicas —las personas autoras, editoras y revisoras— deben contemplar las normas de comportamiento ético esperadas.
Esta declaración se basa en las Directrices de Buenas Prácticas para Editores de Revistas del Comité de Ética de la Publicación (COPE). El COPE ofrece recursos para las personas editoras, revisoras y autoras acerca de las normas profesionales de publicación en publicationethics.org. Además del COPE, otras organizaciones colaboran para identificar las mejores prácticas para las publicaciones académicas, como el Directory of Open Access Journals (DOAJ), la Open Access Scholarly Publishers Association (OASPA) y la World Association of Medical Editors (WAME).
El Instituto Nacional de Administración Pública está comprometido con los altos estándares de revisión académica crítica y el juicio profesional de publicación. Las revistas publicadas por el Instituto Nacional de Administración Pública están bajo la dirección editorial de personas editoras independientes. Son las personas editoras de las revistas las que toman todas las decisiones relativas al contenido publicado en cada número; ellas aseguran la exactitud, integridad y originalidad de cada artículo publicado. El Instituto Nacional de Administración Pública apoya a las personas editoras en sus esfuerzos por gestionar sus revistas de forma ética y transparente, al tiempo que se adhiere a los principios y prácticas editoriales establecidos en sus disciplinas.
Se puede acceder a información adicional sobre las directrices para las personas autoras de cada revista entrando en la sección "Directrices para las personas autoras" desde el menú superior de cada una.
ÉTICA EDITORIAL
Las personas editoras de cada revista son responsables de seleccionar los artículos que serán aceptados para su publicación. Cada persona editora, con la ayuda de su consejo editorial, crea las políticas y directrices de su revista, respetando los requisitos legales relativos al plagio, la difamación y la infracción de los derechos de autor. Las personas editoras pueden solicitar la ayuda de otras personas editoras o revisoras de la revista a la hora de tomar sus decisiones.
Las personas editoras evalúan el contenido de cada manuscrito para determinar si es apropiado para la revista. También evalúan su contenido intelectual sin tener en cuenta el sexo, la raza, el origen étnico, las creencias religiosas o la filosofía política de la persona autora.
Durante la evaluación y revisión del artículo, la persona editora respetará la integridad del trabajo original, absteniéndose de realizar intervenciones al texto con material no publicado sin el consentimiento expreso de la persona autora del manuscrito original.
ÉTICA DE REVISIÓN
Cada revista cuenta con un proceso de revisión por pares que ayuda a la persona editora a tomar decisiones editoriales sobre la calidad y la idoneidad de un manuscrito para su publicación. La persona editora puede proporcionar a las personas autoras de los manuscritos la respuesta de cada persona revisora, que puede ayudar a las personas autoras a mejorar su manuscrito.
Las personas revisoras tendrán en cuenta los siguientes criterios para la aceptación o rechazo de la labor de evaluación de manuscritos:
- Tener conocimiento y experiencia. Solamente realizarán su función si se consideran competentes en la materia que se les propone evaluar.
- Tendrán disponibilidad temporal. Comprometiéndose a respetar los límites temporales y a seguir las directrices de la revista en su labor. En caso de aceptación es imprescindible cumplir con los plazos establecidos para la realización de la revisión. En caso de rechazo debe comunicarse a la secretaría de la revista en el menor plazo posible.
- Asumirán un compromiso de confidencialidad de manera que no podrán, durante todo el proceso, divulgar el contenido del artículo a un tercero. Las consultas a otro experto no podrán suponer ningún riesgo de brecha en la confidencialidad del manuscrito, y deben ser consultadas previamente con la persona editora. Los únicos interlocutores autorizados para cualquier cuestión relacionada con el proceso de evaluación son las personas directoras y editoras de la revista.
Las personas revisoras que no se sientan capacitadas para revisar un manuscrito, o que crean que no podrán dar una respuesta rápida, deben notificarlo a la persona editora lo antes posible. La persona revisora debe ser una parte imparcial con respecto a la autoría del manuscrito.
La revista utiliza el sistema de evaluación por pares ("doble ciego"), de modo que ni las personas autoras ni las personas revisoras conozcan la identidad de la otra parte.
En el caso de que se identifique a la persona autora, las personas revisoras deberán declarar cualquier conflicto de interés y rechazar la invitación de la persona editora para evaluar un manuscrito. Un conflicto de intereses puede ocurrir como resultado de:
- Animadversión hacia las personas autoras.
- Cercanía académica o familiar: pertenecer a la misma universidad, departamento, grupo de investigación, red profesional, proyecto de investigación, etc. Haber publicado artículos con la persona autora.
- Cualquier otro tipo de conexión o conflicto, incluida la proximidad profesional.
Es importante que las personas revisoras informen a la persona editora si sospechan o tienen conocimiento de un conflicto de intereses por alguno de los motivos mencionados o cualquier otro.
Todos los envíos recibidos para su revisión deben ser tratados como documentos confidenciales. No deben ser compartidos o discutidos con otros, excepto si lo permite la persona editora de la revista, que podrá requerir compromiso análogo de confidencialidad por la persona con la que se comparta o discuta el manuscrito.
Las revisiones de los manuscritos deben realizarse de forma objetiva y sin críticas personales a la persona autora. Cada persona revisora debe expresar sus puntos de vista con claridad y proporcionar argumentos de apoyo.
Las personas revisoras deben identificar los trabajos publicados relevantes que no hayan sido citados por las personas autoras. Las personas revisoras también deben poner en conocimiento de la persona editora si reconocen un parecido significativo entre el manuscrito en revisión y cualquier otro trabajo publicado.
El proceso de revisión por pares académicos se aplica únicamente a los artículos de investigación originales. El resto de contenido académico, como las reseñas de libros, los editoriales u otros, no se someten al proceso de revisión por pares.
En el sitio web de COPE se puede consultar información adicional sobre las Directrices éticas para las personas revisoras.
ÉTICA DE AUTORÍA
La autoría declarada en el manuscrito debe limitarse a aquellas personas autoras que hayan hecho una contribución significativa al concepto, diseño, ejecución o interpretación de la investigación o estudio. Cada persona que haya hecho una contribución significativa al trabajo debe figurar como coautor/a. Si hay otras personas que han participado de manera significativa en el proyecto de investigación, deben ser reconocidas o enumeradas como colaboradoras. La persona autora correspondiente debe revisar y confirmar que las coautorías están incluidas en el trabajo, y que todas han visto, aprobado y aceptado la versión final del trabajo.
Todas las personas autoras deben revelar en su manuscrito cualquier conflicto de intereses financiero o de otro tipo que pueda entenderse que influye en los resultados o la interpretación de su manuscrito. También se deben reconocer adecuadamente todas las fuentes de apoyo financiero para el proyecto de investigación.
Las personas autoras de artículos que informen sobre investigaciones originales deben proporcionar una descripción precisa de la investigación/trabajo realizado y una discusión objetiva de su importancia para el campo. Todas las pruebas y datos de apoyo deben representarse con precisión en el artículo. Cada manuscrito debe incluir también referencias que permitan a otros reconstruir el argumento. Es inaceptable incluir intencionadamente en el manuscrito afirmaciones inexactas o datos fabricados, lo que se considera un comportamiento poco ético.
Las personas autoras deben garantizar que su trabajo presentado no contiene ningún contenido que pueda considerarse difamatorio o que infrinja de algún modo los derechos de autor de terceros. Si las personas autoras han utilizado el trabajo y/o las palabras de otros, deben asegurarse de que se cita adecuadamente.
Cuando la persona editora lo solicite, las personas autoras deben proporcionar las pruebas y los datos brutos en relación con un artículo para su revisión editorial y deben estar preparadas para proporcionar acceso a dichas pruebas. Deben además estar preparadas para conservar dichas pruebas y datos durante un tiempo razonable después de la publicación.
Enviar el mismo manuscrito a más de una revista simultáneamente constituye un comportamiento de publicación poco ético no aceptado. La persona editora de la revista hará todo lo posible para procesar y evaluar los envíos en el momento oportuno. Si una persona autora decide enviar el manuscrito a otra revista, debe solicitar a la persona editora que retire su manuscrito del proceso de valoración/revisión.
Las personas autoras deben reconocer adecuadamente el trabajo de otros y deben citar todas las publicaciones que hayan sido influyentes para determinar su comprensión académica del tema de su trabajo.
Las personas autoras deben firmar un acuerdo de cesión de derechos para que su manuscrito ya aceptado sea publicado en la revista. Cada revista tiene su propio acuerdo de cesión derechos que se facilitará a la persona autora en el momento de la aceptación de su manuscrito.
POLÍTICAS ÉTICAS DE INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIOS QUE IMPLIQUEN LA PARTICIPACIÓN DE SERES HUMANOS
La investigación en ciencias sociales y humanidades a menudo implica trabajar con participantes humanos y herramientas metodológicas particulares (encuestas, cuestionarios, entrevistas, pruebas estandarizadas, observación directa, etnografía, grabaciones, experimentos con voluntarios y, a veces, intervenciones físicas). Por lo tanto, deben aclararse las implicaciones éticas de las metodologías elegidas.
La investigación debe cumplir:
- Principios éticos.
- La legislación internacional, comunitaria y nacional aplicable.
Esto implica garantizar el respeto por las personas y por la dignidad humana y la distribución justa de los beneficios y la carga de la investigación, y que deben protegerse los valores, derechos e intereses de los participantes en la investigación.
Además, deben obtenerse:
- Las aprobaciones éticas necesarias (si se requieren).
- El consentimiento libre y plenamente informado de los participantes en la investigación.
También debe proporcionarse una evaluación de riesgos, indicando explícitamente qué tipos de daño (psicológico, social, legal, económico, ambiental, etc.) podrían ocurrir, la probabilidad de que los sujetos realmente sufran tal daño y los pasos que se tomará para minimizarlos.
La investigación que implica más que un riesgo mínimo típicamente incluye:
- Grupos potencialmente vulnerables y personas incapaces de dar su consentimiento informado.
- Temas personales o sensibles, que podrían inducir estrés psicológico, ansiedad o humillación.
- Engaño.
- Riesgos para la seguridad del investigador.
- Buscar encuestados a través de internet/redes sociales (por ejemplo, usando imágenes visuales identificables o discutiendo temas sensibles).
Se debe prestar especial atención a categorías vulnerables de individuos, como niños, pacientes, personas sujetas a discriminación, minorías, personas incapaces de dar su consentimiento, personas de opinión disidente, comunidades inmigrantes o minoritarias, trabajadores sexuales, etc.
Si la investigación implica a niños u otras personas incapaces de tomar decisiones por sí mismas, debe mantenerse una relación activa con sus tutores legales y/o cuidadores y no solo buscar su consentimiento, sino también permitirles monitorear la investigación.
Los datos deben mantenerse de manera segura y la publicación (incluida la publicación en internet) no debe violar la confidencialidad y el anonimato acordados.
En casos raros, puede ser necesario anular los acuerdos de confidencialidad y anonimato (por ejemplo, si mantener la confidencialidad facilita comportamientos ilegales como el tráfico de drogas, el abuso infantil, etc., que han salido a la luz durante el curso de la investigación). En tales circunstancias, debe considerarse cuidadosamente la divulgación a las autoridades pertinentes. También debe informarse a los participantes o sus tutores de sus intenciones y las razones para la divulgación, a menos que esto haga que la divulgación sea impracticable.
También deben considerarse los aspectos técnicos de la recopilación y almacenamiento de los datos de investigación. La recopilación de datos utilizando herramientas de codificación electrónica (grabadoras digitales o cámaras) debe recibir atención especial.
ERRORES EN LOS TRABAJOS PUBLICADOS
Cuando una persona autora descubra un error o inexactitud importante en su propio trabajo publicado, es su responsabilidad notificarlo a la persona editora de la revista y cooperar con ella para retractarse o corregir su trabajo.
Si la persona editora de la revista considera que se ha publicado un error significativo que debe corregirse, y en los casos en los que haya razones para preocuparse por asuntos como el plagio, la fabricación de la investigación, la publicación duplicada o la no revelación de conflictos de intereses, la persona editora revisará y decidirá su resolución en consulta con el Instituto Nacional de Administración Pública.