La fusión de municipios, único instrumento de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local para la modificación de la planta municipal: una oportunidad perdida
DOI:
https://doi.org/10.24965/reala.v0iExtra.10222Palabras clave:
Administración local, planta municipal, municipios, fusión de municipios, convenio de fusiónResumen
La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, contempla, casi como única medida, para modificar nuestra planta municipal la fusión de municipios y, para ello, crea un instrumento nuevo que es el convenio de fusión. En este trabajo, después de exponer nuestra planta municipal –también desde el punto de vista histórico- y lo realizado en otros países de nuestro entorno, se estudian las escasas previsiones que la Ley dedica a la fusión de municipios y al nuevo instrumento creado para favorecer esta política. Un año después de su entrada en vigor no se ha firmado ningún convenio de fusión y nuestra planta municipal permanece inalterable y sin expectativa de la modificación urgente y de fondo que necesita.