Las entidades locales y los objetivos de desarrollo sostenible. Algunas notas sobre la naturaleza jurídica de la Agenda 2030
DOI:
https://doi.org/10.24965/reala.v0i5.10347Palabras clave:
ONU, Agenda 2030, ODS, desarrollo sostenible, objetivos, metas, competencias, naturaleza jurídica, soft law, Tratados internacionales, acuerdos internacionales no normativos, alcance de las declaraciones de los organismos internacionalesResumen
La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó, en la reunión plenaria de los días 25 al 27 de septiembre de 2015, una declaración denominada: «Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible». España y 192 países más han suscrito esa Agenda, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2016. La Agenda se configura como un plan de acción, a favor de las personas, el planeta y la prosperidad y se refiere a 17 objetivos y 169 metas a alcanzar en todo el planeta, estableciendo que todos los actores públicos y privados, hemos de trabajar para su logro. Se analiza la naturaleza jurídica de la declaración y el papel de los municipios en el ámbito internacional, singularmente en la implementación de la agenda.
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