La cesión-recepción de suelos y obras de urbanización en la legislación urbanística estatal
DOI:
https://doi.org/10.24965/reala.vi219.8327Palabras clave:
Derecho Urbanístico , Derecho Administrativo, interés colectivo, propietarios del suelo, potestades públicasResumen
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. — II. EL OBJETO DEL DEBER DE CEDER GRATUITAMENTE. — III. PRESUPUESTOS DEL NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE CEDER: 1. EL PLANEAMIENTO LEGITIMADOR: A) La previsión del «quantum» de las cesiones. B) La localización física del «quod» a ceder. C) La previsión de la obligación de la Administración actuante de recibir los suelos y las obras. 2. LA ACTUACIÓN POLIGONAL. 3. LA ACTUACIÓN SISTEMÁTICA. 4. EL ORDEN DE PRIORIDADES. 5. LA EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO GENERAL: EL ARTÍCULO 40 DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN. — IV. LA EFECTIVIDAD DE LAS CESIONES: 1. LAS CESIONES DE SUELOS. 2. LAS CESIONES DE OBRAS DE URBANIZACIÓN: A) En el sistema de cooperación. B) En el sistema de compensación. — V. LAS CESIONES EN LOS SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN: 1. LAS ACTUACIONES POR «SUBPOLÍGONOS» DEL ARTÍCULO 180, 2, DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN. 2. EL COMPROMISO DE URBANIZAR SIMULTÁNEAMENTE A LA EDIFICACIÓN DE TERRENOS EN SUELO URBANO QUE NO TENGAN LA CONSIDERACIÓN DE SOLARES (ARTÍCULO 40 DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN). — VI. CONCLUSIONES.
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Derechos de autor 1983 Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica
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