Minimum population of the new municipalities: state of affairs after the Rationalization and Sustainability of Local Administration Law

Authors

  • Miquel Pons-Portella Abogado

DOI:

https://doi.org/10.24965/reala.v0i5.10353

Keywords:

Local government, municipality segregation, minimum population, regional laws

Abstract

After the Act 27/2013 of 27 December on the Streamlining and Sustainability of Local Government is required, for the constitution of a new municipality, it has a minimum population of 5,000 inhabitants. Such provisions have always been controversial in Spain, as evidenced by the legislative evolution after 1812 Constitution: have been set multiple figures on this and have been even opted, during long periods, for not requiring a particular demographic minimum, as has been the case in recent decades. The recovery of a minimum population for any new municipality —which has already been endorsed by the Constitutional Court in its Judgment no. 41/2016 of 3 March— also represents a clash between the new basic law of the State and the existing regional regulations that has already led to the firsts conflicts both in Catalonia and Andalusia.

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Author Biography

Miquel Pons-Portella, Abogado

Abogado. Con especial interés por el derecho administrativo y por el derecho público en general. Se graduó en Derecho (itinerario de Derecho Público) por la Universitat Pompeu Fabra (2013) y es Máster en Abogacía por la Universitat Oberta de Catalunya (2016).

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Published

06-10-2016

How to Cite

Pons-Portella, M. (2016). Minimum population of the new municipalities: state of affairs after the Rationalization and Sustainability of Local Administration Law. Revista De Estudios De La Administración Local Y Autonómica, (5), 106–119. https://doi.org/10.24965/reala.v0i5.10353