La exigencia de “control análogo” en las encomiendas a medios propios
DOI:
https://doi.org/10.24965/reala.v0i311.9691Palabras clave:
Operaciones in house, encargos domésticos a sociedades públicas, naturaleza y régimen jurídico, artículos 4.1, letra n, y 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, “control análogo al que ejerce sobre sus propios servicios”Resumen
La definición e identificación clara de los encargos a medios propios es de especial relevancia, ya que estas operaciones quedan fuera del ámbito de aplicación de la normativa de contratos públicos. Los márgenes de estas relaciones no se encuentran plenamente definidos, pues se hallan en pleno proceso de maduración normativa y jurisprudencial (como lo demuestran las recientes sentencias del TJUE). Para la elaboración de este estudio hemos partido de la conclusiones de un estudio previo sobre la doctrina jurisprudencial del TJUE, con la finalidad de realizar un análisis más en profundidad del criterio del “control análogo” en el marco del ordenamiento jurídico español y de acuerdo con las aportaciones de dicho tribunal desde finales de 2008. The definition and clear identification of procuring in house is particularly important, since these operations are outside the scope of the public procurement law.
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