La desaparición del silencio positivo de las licencias ambientales

Autores/as

  • Iñigo Sanz Rubiales Universidad de Valladolid (España)

DOI:

https://doi.org/10.24965/reala.v0i11.10587

Palabras clave:

Silencio administrativo, licencias ambientales, medio ambiente

Resumen

La Ley de Procedimiento Administrativo Común de 2015 mantiene la regla general del silencio administrativo positivo, pero incorpora la excepción ambiental, cuando la actividad pueda producir daños al medio ambiente, en cuyo caso el silencio será negativo. Esta previsión debe aplicarse al régimen de licencias de actividad, regulado de forma heterogénea por las diversas Comunidades Autónomas. El Tribunal Constitucional ha confirmado la primacía de esta regulación básica en su sentencia 70/2018.

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Biografía del autor/a

Iñigo Sanz Rubiales, Universidad de Valladolid (España)

Doctor en Derecho por la Universidad de Valladolid. Catedrático de Derecho Administrativo. Universidad de Valladolid. Principales líneas de investigación: derecho ambiental, derecho administrativo sancionador.

Publicado

01-04-2019

Cómo citar

Sanz Rubiales, I. (2019). La desaparición del silencio positivo de las licencias ambientales. Revista De Estudios De La Administración Local Y Autonómica, (11), 96–105. https://doi.org/10.24965/reala.v0i11.10587