LOS EXPEDIENTES DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES NO NECESITAN SOMETERSE AL DELEGADO DE HACIENDA SI EXISTE ORDENANZA DEBIDAMENTE APROBADA.

Autores/as

  • Nemesio Rodríguez Moro

DOI:

https://doi.org/10.24965/reala.vi172.7762

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Publicado

31-12-1971

Cómo citar

Rodríguez Moro, N. (1971). LOS EXPEDIENTES DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES NO NECESITAN SOMETERSE AL DELEGADO DE HACIENDA SI EXISTE ORDENANZA DEBIDAMENTE APROBADA. Revista De Estudios De La Administración Local Y Autonómica, (172), 722–744. https://doi.org/10.24965/reala.vi172.7762