Descentralización, autonomía y entidades de ámbito territorial inferior al municipal

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.24965/reala.v0i312.9811

Palabras clave:

Descentralización, entidades locales menores, autonomía local

Resumen

La legislación autonómica recoge la existencia de las tradicionales entidades de ámbito territorial inferior al municipal con una diversa configuración y finalidad a partir de la legislación básica estatal. Ello se debe normalmente a la necesidad de limitar la creación de nuevos municipios y de posibilitar también la descentralización de competencias y la participación de sus vecinos. Ese régimen recoge en parte la regulación anterior a la vigente, que respondía a otros principios. El papel de los ayuntamientos en los procesos de creación de estas entidades sigue siendo limitado, pues la decisión final suele corresponder a la Comunidad Autónoma, una vez que la Constitución ha reconocido la autonomía municipal y ha garantizado su participación en todos los asuntos de su interés. Partiendo de esta realidad, consideramos necesario determinar cuándo puede justificarse la creación de esas entidades, así como establecer la posición que debe ostentar el municipio.

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Biografía del autor/a

José Luis Blasco Díaz, Universidad Jaume I de Castellón de la Plana (España)

Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Jaume I de Castellón. Autor de diversos artículos científicos y monografías como Régimen jurídico de las propiedades particulares en el litoral, ordenanza municipal y ley o El régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias. En la actualidad sus líneas de investigación principales se desarrollan en el marco de la transparencia administrativa y de los sectores regulados.

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Publicado

30-04-2010

Cómo citar

Blasco Díaz, J. L. (2010). Descentralización, autonomía y entidades de ámbito territorial inferior al municipal. Revista De Estudios De La Administración Local Y Autonómica, (312), 47–79. https://doi.org/10.24965/reala.v0i312.9811