¿Son legalmente posibles las mancomunidades interinsulares parciales en Canarias?
DOI:
https://doi.org/10.24965/reala.vi217.8303Palabras clave:
Canarias, Ley de Régimen Local, Cabildos Insulares, Diputaciones Provinciales, Entes Locales, órganos de administración localResumen
La problemática última de este trabajo (o la trama de la pregunta que lo encabeza) puede sintetizarse así: si las previsiones
legales vigentes sobre mancomunaciones entre Provincias y (sus
Diputaciones) son aplicables también a las Islas (y sus Cabildos)
de las Provincias insulares en sus propios términos y con su misma
tramitación legal por ocupar Islas (Cabildos) y Provincias (Diputaciones) el mismo lugar jurídico.
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Derechos de autor 1983 Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica
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