La revocación en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
DOI:
https://doi.org/10.24965/da.v0i5.10617Palabras clave:
Invalidez, ineficacia, interés público, legalidad, oportunidadResumen
El objeto de la presente comunicación consiste en mostrar la situación actual en que se encuentra el instituto de la revocación, en el ámbito del procedimiento administrativo común, después de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para ello, se expondrá su ubicación sistemática dentro de la citada Ley, junto a la regulación del régimen de la invalidez, y se describirán las novedades, o ausencia de las mismas, contenida en la referida norma.