La disputada naturaleza jurídica de la declaración de pérdida de vigencia del permiso de conducción por extinción del saldo de puntos
DOI:
https://doi.org/10.24965/da.v0i284-285.9658Palabras clave:
Jurisprudencia Administrativa, Administración sancionadora, Tráfico, Circulación, Seguridad vial, Licencias, EspañaResumen
La entrada en vigor de la Ley 17/2005, de 19 de julio, siguiendo el ejemplo de los países de la Unión Europea, ha contribuido a reducir significativamente el índice de siniestralidad en las carreteras españolas. Esta ley propone un cambio decisivo en la comprensión tradicional del permiso de conducción y se refiere al grado de confianza que la sociedad otorga al interesado para conducir, y que la Ley cifra en un crédito expresado inicialmente, y a salvo de determinadas excepciones justificadas en el expediente personal de cada conductor, en la asignación de doce puntos. Este saldo se reduce por cada sanción firme en vía administrativa impuesta por la comisión de infracciones graves o muy graves, de acuerdo con un baremo previsto en la propia Ley, que determinan la pérdida de puntos en función de la gravedad de la infracción.