El principio de objetividad de la administración

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.24965/da.v0i289.10066

Resumen

El presente trabajo estudia las relaciones entre el principio de objetividad de la Administración y el procedimiento administrativo en el Ordenamiento jurídico español. Para ello se parte de una reflexión general sobre el significado que tiene la procedimentalización de la actuación administrativa como exigencia derivada del principio de objetividad, puesto que tradicionalmente se ha venido considerando que la propia existencia del procedimiento administrativo es, en buena medida, una consecuencia de dicho principio. Sentada esta base, se analiza la imparcialidad de los responsables de la tramitación y resolución del procedimiento como presupuesto de la objetividad, las principales técnicas de integración de intereses públicos y privados en el y los informes técnicos y jurídicos y otras técnicas de adquisición de los fundamentos objetivos de la resolución del procedimiento.

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Biografía del autor/a

Luis Míguez-Macho, Universidad de Santiago de Compostela (España)

Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia (Italia). Profesor titular de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela. Principales líneas de investigación: Administración local; servicios públicos-servicios sociales; comercio interior; contratación del sector público; Derecho urbanístico.

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Publicado

10-09-2013

Cómo citar

Míguez-Macho, L. (2013). El principio de objetividad de la administración. Documentación Administrativa, (289). https://doi.org/10.24965/da.v0i289.10066