El principio de objetividad en el Derecho Administrativo francés
DOI:
https://doi.org/10.24965/da.v0i289.10078Palabras clave:
Neutralidad, Imparcialidad, Igualdad, Laicidad, Funcionarios, Acción AdministrativaResumen
En derecho administrativo francés, el principio de objetividad casi no existe en sí mismo, sino bajo diferentes apellidos: el principio de igualdad, el principio de imparcialidad, el principio de neutralidad, el principio de laicidad. Esta situación plantea el problema del valor jurídico que tiene el principio de objetividad. Pero, más allá, hay que poner de manifiesto las diferentes apariciones de la objetividad –que son numerosas– tanto en el estatuto de los funcionarios como en la acción administrativa cotidiana. Bajo esta perspectiva se construye el principio de objetividad a través de la elaboración de una deontología administrativa y de la sanción de la ilegalidad y de la responsabilidad en caso de falta de objetividad.