Reuniones de trabajo

Authors

  • Julián Giménez Arribas

DOI:

https://doi.org/10.24965/da.1074

Abstract

El artículo 36 de la nueva Ley de Procedimiento administrativo recomienda la celebración de reuniones de todos los Jefes con sus subordinados más inmediatos para tratar asuntos del servicio, y con el fin de dar la mayor eficacia posible a esta norma se indican ciertas sugerencias útiles para este tipo de reuniones.

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Published

01-12-1958

How to Cite

Giménez Arribas, J. (1958). Reuniones de trabajo. Documentación Administrativa, (12), 31–36. https://doi.org/10.24965/da.1074

Issue

Section

TEMAS DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA