El Derecho administrativo y la formación de los funcionarios públicos
DOI:
https://doi.org/10.24965/da.vi032-033.1467Abstract
Por su interés insertamos el artículo de F. Garrido Falla acerca del contenido de los programas de oposiciones para el ingreso en los Cuerpos Técnico-administrativos. Por nuestra parte, queremos puntualizar que no debe olvidarse que la convocatoria aludida en el artículo va dirigida a Licenciados en Derecho o Ciencias Políticas y Económicas que han aprobado, por consiguiente, dos o tres cursos de Derecho administrativo y en los que debe presuponerse una debida formación doctrinal jurídico-administrativa, pues lo contrario equivaldría a desautorizar la misión formativa de la Universidad. Lo que hace falta es que junto a la formación básica universitaria acerca del carácter de las normas jurídico-administrativas y de la naturaleza de la relación que une al funcionario con el Estado, junto a la teoría del acto administrativo y a tantos otros conocimientos doctrinales aprendidos en la Universidad, se acrediten por el aspirante unos conocimientos jurídicos-administrativos de carácter práctico que el programa de la oposición concreta fundamentalmente en la verdadera estructura y funcionamiento de la Administración española.
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